PARTE V
Por
Carlos Alejandro Lara Ugarte
En pocas horas más
se realizará el cabildo cruceño para determinar el curso del conflicto por la
fecha del Censo; en los hechos se tendría que suponer que en el Cabildo se pondrá
en consideración el Decreto supremo 4824 que garantiza la realización del Censo
de Población y Vivienda el sábado 23 de marzo de 2024, y en el mismo se
establece que en base a resultados preliminares de población del Censo, se
realizará la distribución de los recursos económicos de coparticipación en el
mes de septiembre de 2024.
En continuidad al
décimo cuarto eje de datos, el mismo que se tocó en la parte cuarta de esta
serie de opiniones y análisis, y conocidas algunas posturas manifiestas y difundidas
indiscriminadamente en las redes sociales y también con cierta prudencia en los
medios de comunicación nacional, resumimos lo pertinente y necesario para
abordar escuetamente algunas consideraciones y conclusiones.
En internet, y los
medios de comunicación, la mayor parte de la noticias refirieron a la
Conferencia de Prensa emitida por el Presidente del Estado Plurinacional el día
viernes11 de noviembre, en horas de la noche (23.30) y en consecuencia las
opiniones diversas emitidas por instancias que protagonizan el Conflicto y
encabezan la gestión, la protesta y la demanda.
Antes de la
promulgación del Decreto Supremo, en horas de la tarde del viernes se registró
hechos violentos donde la Juventud Cruceñista
al grito de “Independencia –
Federalismo - Separatismos” amenazó
el orden estatal constituido, quemó sedes campesinas, saqueo la sede de los
trabajadores y el mercado del Abasto y el Plan 3000, entre otros actos
violentos y delincuenciales.
Posteriormente en
su página web (Unión Juvenil Cruceñista) se publicó pronunciamientos justifican
y ratifican lo anterior, sumando en el pronunciamiento escrito, estrategias y
rutas críticas con contenido conspirativo y de amenazas a la institucionalidad
estatal y privada. El objeto de este pronunciamiento es probablemente el de
incidir en las decisiones del Cabildo de este domingo 12 de noviembre; por un
lado llevando a la ciudadanía asistente y movilizada a la radicalización del
Paro Cívico y por otro amenazando a las instituciones públicas y privadas para
paralizar actividades y someterse a las decisiones del Cabildo y al mando
paramilitar de la Unión Juvenil Cruceñista.
En todo caso la
tendencia departamental y mayoritaria de opinión ciudadana por suspensión al
paro está presente y es evidente, pero también de muchas maneras esta opinión
está parcialmente embargada por el temor, el terror, el chantaje y la amenaza unionista. En todo caso, por
ahora, no es necesario (hasta después del Cabildo) dar más vueltas
especulativas sobre lo que ocurrirá a partir de esta noche, sin embargo será
esta noche, la noche en que deberán definirse
desde el Estado Plurinacional roles y estrategias en la administración
de la conflictividad social, la seguridad ciudadana y los derechos
fundamentales y constitucionales, individuales y colectivos que deben ser garantizados por las
instituciones públicas del Estado Plurinacional.
Consideración adicional al punto:
A raíz de lo
acontecido en la conflictividad social desde el 2010 se debe atender seriamente
y con carácter de seguridad del Estado (Velando por las poblaciones más
vulnerables), las demandas regionales y
la problemática pendiente en el marco del pacto social constituyente sustentado
por lo unitario, social de derecho y con autonomías departamentales,
municipales, regionales, indígenas y descentralización administrativa, y
pluralismo democrático, jurídico, económico y cultural.
Llama la atención
la determinación del Gobernador Camacho para
movilizar equipos ligados a la
acción de emergencia desde el Comité de Operaciones de Emergencia Departamental
COED. Esto nunca se lo hizo en los Cabildos. Se podría pensar que existe el
propósito de incidir en determinaciones radicales y llamamientos que supongan
acciones que violenten la seguridad pública y el orden constitucional. La
población no tendría que prestarse, si cabe el término, en razón a los daños,
que ocurrirán innecesariamente desde más actos de violencia, delincuencia
organizada y vulneración de derechos.
Conclusión:
La respuesta
gubernamental a la demanda del bloque cívico gobernación y rectorado de la
UAGRM, desde el Decreto Supremo 4824 emana de la Constitución Política del
Estado y sentencias constitucionales referidas al tema.
Aún queda
pendiente otros puntos como demandas colaterales, pero que al tener alcance
nacional, necesariamente deberán ser tratados en el marco de la Gestión
Pacífica de la Conflictividad, fundamentalmente aplicando mecanismos de
prevención que contengan mayor
información y socialización oportuna y activa,
tendientes a mantener la concertación nacional.
La
Paz, 12 de noviembre de 2022
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