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miércoles, 22 de julio de 2009

TERRORISMO Y SEGURIDAD

TERRORISMO Y SEGURIDAD

Abordar coyunturalmente el tema de “Terrorismo y Seguridad” en Bolivia, plantea la necesidad de identificar acciones individuales, colectivas e institucionales a partir de la existencia de organizaciones aglutinadas bajo esquemas o principios ideológicos, políticos y económicos destinadas a “…cometer delitos contra la seguridad común, la vida, la integridad corporal, […] con la finalidad de subvertir el orden constitucional o mantener en estado de zozobra, alarma…” (Código Penal. Artículo 133. 1997)
Al abordar este tema, se puede pecar de muy descriptivo y nada analítico si después de centrar opiniones sobre la Seguridad del Estado no se reflexiona sobre la inseguridad ciudadana desde los efectos residuales que deja (en la comunidad) una etapa de preparación militar con fines de terrorismo, de violencia o guerra civil.
Trazo del terrorismos en Bolivia
La referencia mas inmediata sobre terrorismo (que ya es delincuencia en si misma) se encuentra en el caso de Eduardo Rozsa quien fue abatido a balas en la ciudad de Santa Cruz (16 de abril de 2009) cuando supuestamente pernoctaba en una de las habitaciones del Hotel América. Los antecedentes a su deceso, difundidos por el Ministerio Público, explican que se encontraba en tareas de preparación y ejecución de actos terroristas y de magnicidio. Al respecto de Rosza el periodista español Julio Cesar Alonso (19 de julio de 2009) en distintos medios de comunicación de Bolivia dio un perfil tenebroso de la personalidad mercenaria e inescrupulosa de Rosza y de los fines que perseguía en Bolivia junto al grupo de reclutas que comandaba.
Los métodos y los recursos políticos militares a los que tendría que haber recurrido (el mercenario croata boliviano) y que de alguna manera ya los había impulsado en Bolivia se moverá siempre entre la incertidumbre y la certeza de lo que en realidad fue y lo que pudo haber sido, sin embargo el interés político de la población (muerto el principal acusado por ahora) puede dirigirse a la investigación de las redes de apoyo, financiamiento y los indicios de participación de miembros pertenecientes a instituciones como COTAS, CRE, EXPOCRUZ, Comité Cívico pro intereses de Santa Cruz, Unión Juvenil Cruceñista,FSB y otros que a lo largo de las demandas de autonomía departamental y en oposición al proceso constituyente actuaron como operadores y activistas políticos antigubernamentales. Esto no debe entenderse como un pedido de persecución política, sino una necesidad democrática para encarar con criterios reflexivos las elecciones nacionales de diciembre de 2009 y sobre todo la construcción del nuevo Estado Boliviano. Mas aún cuando viejos dictadores y rengados amantes de la violencia y la matanza en Cochabamba se postulan a la presidencia de Bolivia.
Inevitablemente hay una demanda y censura ciudadana hacia los que propusieron la guerra civil y la violencia con fines separatistas e independentistas.
Entre lo que se necesita saber y lo conocido.
La población boliviana y en particular la cruceña reciben a través de los medios de comunicación información direccionada a generar opiniones diversas sobre el caso de terrorismo, unos medios acercan a la verdad, otros sencillamente la ocultan. Desde lo que sabe y las opiniones que se procesa (en el caso Rosza) se puede constatar que ya hay camino avanzado hacia la comprensión del fenómeno del terrorismo, pero que (si hay voluntad para esclarecerlo) al Ministerio Público se le debe demandar un viraje y replanteo hacia nuevas tareas e investigaciones, sobre todo si se tiene la certeza de que son desde las visiones políticas y el enfrentamiento electoral que se viene ya diseñando la imputación y la defensa de los acusados de complicidad, de apoyo o financiamiento al terrorismo.
Lo que se necesita manejar jurídicamente como certeza hacia la constatación de nuevos acontecimientos es que:
• Los hechos de septiembre y el operativo que terminó con la vida de Rozsa y el grupo de mercenarios mostraron el alto grado de polarización y la violencia extrema a la que la sociedad boliviana llegó en el debate y la acción política.
• La provocación a la institucionalidad legalmente establecida, demandó respuestas de Ministerio Públicos, Parlamento, Policía y otras contra los grupos opositores, activistas y reclutas del grupo de Rosza.
• La prensa nacional reaccionaria y conservadora creó espacios (desde entrevistas, reportajes y debates con personas involucradas en primer o segundo grado) para sustentar y en cierta manera incitar la toma y saqueos de instituciones del Estado, sabotaje a los ductos y difusión de consignas separatistas y subversivas.
• El caso Rosza fue parte de una totalidad que engranaba en el historial de reacción y oposición (del bloque cívico prefectural y del CONALDE) al proceso constituyente y mas concretamente de control a situaciones ligadas al proceso eleccionario.
• La presencia en Bolivia del grupo (de Rosza) estructurado en columna, célula o ejército irregular, necesariamente está hilado a la acción y pensamiento a toda la gama de discursos independentista y/o separatista emanados de grupos radicales en el conjunto de movilizaciones violentas reivindicadas por una parte del bloque cívico prefectural principalmente en septiembre de 2008 en la región de la media luna (Departamentos de Pando, Beni, Santa Cruz y Tarija).
• El Estado de Sitio en Pando, la detención de Leopoldo Fernández (Prefecto de Pando), la acción coactiva y represiva de la institucionalidad Estatal, junto a los pactos políticos entre oficialistas y opositores en el congreso Nacional (octubre de 2008, abril de 2009) y la sanción del la Ley Transitoria de Régimen Electoral explican en si misma el desmantelamiento de un proceso de violencia en crecimiento espiral.
En general se puede entender que el ejecutivo al centrar sus estrategias desde el Congreso Nacional en la creación de instrumentos jurídicos fue desmontado un conjunto de argumentos que mediáticamente podían reavivar acciones residuales a las movilizaciones de septiembre del 2008. El grupo de Roszá y la oposición que gestionaba y se ocupaba de financiarlos, se vieron huérfanos (después del pacto de abril de 2009) de pretextos y argumentos dirigidos a desgastar a la gestión de Evo Morales y forzados a reconsiderar la validez de sus inamovibles estrategias (hasta ahora). En esas circunstancias se debe pensar que (los opositores) entraron en una etapa de reformulación y elaboración de una nueva escala de prioridades. Establecer nuevos roles para el grupo y sobre todo replantear los objetivos a corto plazo sin ignorar (lógicamente) la desmovilización (y en cierta manera el cansancio) del movimiento cívico prefectural en Santa Cruz, después de la consulta por la CPE en enero de 2009.
Finalmente Lo que se dijo del grupo de Rosza y su presencia en Bolivia no se explica solamente a partir de hipotéticas estrategias opositoras para detener el proceso constituyente y retomar cierto control en el cronograma electoral (fijadas para le 6 de diciembre de 2009), sino que se hace necesario explorar las contradicciones generadas en las relaciones de poder entre el grupo de Roaza, las logias y el opositor bloque cívico prefectural.
Intento organizativo de la oposición
Nada es aislado o puramente fortuito. Después de los acontecimientos violentos (de septiembre) se dio una serie de respuestas por parte de la bancada opositora de la cámara de Senadores y de la Cámara de diputados, todas ellas por su forma (oposición ciega a todo lo que salía del ejecutivo) marcaban la débil restructuración de una red institucional cívico - prefectura con leales activistas. Eso después de septiembre, pero septiembre fue la muestra de fortaleza del bloque opositor, fue la presunción de su liderazgo político y el ejercicio de una sólida capacidad movilizadora para actuar de manera coordinada con niveles de autonomía e independencia operativa, centrados, en estrategias de boicot económico, desgaste a la gestión de Evo Morales y preparación de la acción político – militar de resistencia y desobediencia civil.
Todo el bloque opositor, sin embargo tuvo que enfrentarse a un nivel de organización altamente centralizado desde el ejecutivo que operativamente se descentralizaba en la acción armada de la Policía y las Fuerzas Armadas por un lado; y por otro en la acción judicial iniciada por el Ministerio Público. Era evidente que el bloque opositor para recuperar fuerzas en la violencia callejera, en la acción de sabotaje a los ductos y terrorismo selectivo necesitaba un mando centralizado. De hecho la oposición adoleció siempre de un mando central con alto grado de influencia entre los opositores movilizados. Es esta carencia la que finalmente no les permitió capitalizar el inicial logro (movilización en torno la demanda de autonomía departamental y/o separatista) hacia la polarización del conflicto y profundización de la violencia reaccionaria.
La debilidad de un mando central llevó a la construcción de un colectivo que pudiese fungir como un Estado Mayor. De hecho muchos opositores y el mismo prefecto cruceño se refirieron por medio de la prensa como si ya existiese uno (En intensiones o ensayos seguramente). Es claro que la prefectura no pudo jugar el rol de Estado Mayor debido a sus roles, atribuciones y funciones estatales, tampoco lo hizo ni lo podría haber hecho el Comité Cívico principalmente por la heterogeneidad de la personería jurídica de sus instituciones y el sustento cívico de su misión institucional. Es evidente que jamás lo harían las fraternidades, las logias u otra instancia institucional legalmente establecida. Un opositor “Estado Mayor” tentativamente tendría que estructurarse desde la disidencia de las Fuerzas Armadas al Estado de Derecho Constitucional, lo que supondría la planificación y ejecución de un golpe de Estado. Desechada esta opción el Estado Mayor de la “Resistencia” solo podía haber sido subjetivamente válido desde la estructura partidista de la Falange Socialista Boliviana (FSB) inspirada en el testimonio cívico-militar de Carlos Valverde Barbery, y con apoyo de militares en reserva, pero objetivamente el pasado mediato e inmediato lleno de derrotas mas que de victorias y el sectarismo de la militancia falangista jamás lograría un sometimiento del conjunto institucional cívico prefectural y de los activistas callejeros y universitarios a la estructura ejecutiva y de mando operativo de la FSB.
Objetivamente el CONALDE se constituyó en un momento como el virtual Estado Mayor, pero finalmente terminó siendo solo un brazo político imposibilitado de tener respuestas militares a su proyecto militar y en cierta manera a un proyecto de desestabilización del Estado boliviano y profundización de las actitudes independistas o separatistas que pasaba por la organización de la violencia. Si en algún momento se plasmó una fuerte intencionalidad, tal intención quedó sepultada con la detención del prefecto de Pando, con el pedido de salida de Bolivia del embajador norteamericano Fhilip Goldberg y la expulsión de la DEA
Todo hace ver que el intento mas avanzado administrativamente para crear un Estado Mayor fue el funcionamiento de lo que se llegó a conocer como “La Torre” la misma que no paso mas allá de ser un gran centro de operaciones y de planificación en la difusión y ataque mediático antigubernamental. Allá se hizo la lista de los “enemigos de Santa Cruz”, se instrumentalizó la Fe y la religiosidad, se satanizó la gestión social del gobierno y se planificó un conjuntos de mensajes para atemorizar a la población y disponerla a la organización militar de la resistencia y sobrevivencia en caso cercos campesinos a la ciudad. En “La Torre” presumiblemente con el apoyo económico de la Prefectura y de los grupos de poder, además de conformar un equipo de recursos humanos para elaborar y diseñar las líneas de acción mediática contra el gobierno, se conformo una estructura de enlace y apoyo financiero al grupo de Rosza, pero es improbable que allá mismo se haya conformado y haya funcionado un “Estado Mayor” con capacidad de dirigir la acción política militar del conjunto opositor formado por la estructura institucional cívico prefectural, parlamentarios opositores y activista controlados por la Unión Juvenil Cruceñista.
Eduardo Rosza, el CONALDE y la lógica de poder de las logias cruceñas
El contexto mencionado anteriormente demandaba mando único político militar, es decir obligaba al CONALDE a compartir el mando políticos con otras instancias, lo intentaron con llamadas y tocada de puertas a los cuarteles y no les dio resultado, entonces la única opción se llamaba Eduardo Rosza
Eduardo Rosza podía haber sido el mando militar y el CONALDE el mando político, pero esta dupla políticamente hablando necesita ser un unidad, compartir responsabilidades y compromisos, y sobre todo abrirse a la opinión pública para cooptar y avanzar hacia los objetivos políticos. El bloque cívico prefectural y el CONALDE bajo esta lógica estaba obligado a reivindicar el valor y la continuidad de la resistencia civil y la acción militar desde la proclamación de un brazo o instrumento político militar que contrarreste la acción militar de las fuerzas estatales y vaya a subvertir el orden constitucional. Tal reivindicación jamás se lo hizo, salvo un video dado a conocer por el canal 9 de Santa Cruz donde se presentaba un grupo armado llamando a la resistencia y a la independencia, además de algunas llamadas aisladas a la resistencia armada a cargo de un diputado disidente de la bancada de PODEMOS.
La proclama y la consolidación de un único mando era un paso imprescindible y necesario pero (en este caso) una vez mas se puso en evidencia que el bloque de poder y las logias con arraigo a la cultura cruceña y a las prácticas democráticas al interior de las fraternidades en su relación con la institucionalidad departamental no son portadoras ni impulsoras del poder compartido con externos a ellos. Las logias históricamente jamás compartieron y menos cedieron su poder a estructuras partidistas nacionales, no lo hicieron con las fuerzas golpistas militares, ni con el MNR, ADN y PODEMOS, menos lo haría con el grupo de Roszas. Colateralmente se evidencia que esta cultura de monopolio del poder de las logias es la raíz de los impulsos de disidencia con el Bloque de poder Cívico Prefectural y es de donde se ramifican sus contradicciones con las políticas impulsadas por el Gobierno de Evo Morales. Ahora mismo es lógica del monopolio del poder será difícil superarla pese a las necesidades hechas públicas de conformar un frente único. Las logias, “Toborochis” y “Caballeros del Oriente” no lo hicieron desde las cooperativas menos lo harán políticamente, al menos como dijo el vicepresidente Álvaro García; - No en menos de cinco años- es decir solo para la próxima gestión.
Respuesta jurídica del Estado desde el decreto 0138.
El decreto 0138 del 20 de mayo de 2009 establece el procedimiento para determinar la jurisdicción, la aplicación de medidas cautelares sobre el patrimonio, medios e instrumentos que hubieran sido utilizados o estuviesen comprometidos en la comisión de los delitos de Terrorismo, sedición o alzamiento armado contra la seguridad y soberanía del Estado (Decreto 0138. Artículo 1)
El decreto políticamente se puede interpretar como la respuesta del Ejecutivo a la acción del grupo Rosza y una dura advertencia a los grupos económicos de poder de la media luna para que no vuelvan a intentar acciones inconstitucionales de magnitudes parecidas a las de septiembre, formar alianzas con grupos irregulares, o contratar mercenarios extranjeros y nacionales para tareas de insurgencia o subversión.
El decreto 0138 es en cierta manera esa respuesta (tal vez, no reflexionada profundamente por sus mentores) a los datos revelados por el Ministerio Públicos y la Comisión de investigación del Congreso Nacional. Es el intento de instrumentalización jurídica por parte del ejecutivo que da respuesta inmediata a un conjunto de evidencias de desestabilización política y administrativa del territorio nacional. El decreto parece necesario ante la insostenibilidad del CONALDE, el bloque cívico prefectural de la media luna y la embajada norteamericana de “fingir amnesia” y desconocer la existencia del grupo armado de Rosza y el plan de desestabilización, subversión y en cierto grado separatista; y es que todo esto es cierto y es evidente que a criterio personal o institucional alguno (s) de sus miembros participaron de manera directa o indirecta en la propuesta separatista con métodos violentos.
El decreto 0138 en el Estado de Derecho
El Estado de derecho es tal en cuanto existe una norma que hace del derecho el objeto de su aplicación, si una norma es insuficiente o no existe legislación para cubrir un caso que altera o convulsiona la cotidianidad y el derecho consuetudinario entonces cabe crearlas bajo en el marco de los excesos positivos constitucionales. La lógica de cometer un acto delictuoso para el derecho internacional y no reglamentado en Bolivia no debe ser entendida como un acto de plena legalidad o de acto no imputable en territorio nacional. En la normativa jurídica brasilera la discriminación al color de piel es un acto imputable, en cambio en Bolivia no lo era hasta antes de la nueva Constitución Políticas del Estado, ¿Por ello acaso tendríamos que haber creído que discriminar era un acto legal? ¿Acaso porque no existe una norma reglamentaria para juzgar el acto de terrorismo concluiremos que no se debe juzgar a los que cometen este delito y que es considerado como tal en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y por el Código de Procedimiento Penal boliviano?
El decreto 0138, aun dentro con sus excesos intenta llenar los vacios que la jurisprudencia boliviana no los ha tomado en cuenta de manera adecuada y en cierta manera no los contextualizado a la evolutiva realidad del delito que demanda la comunidad internacional.
En ese marco atacar ciegamente al gobierno por la promulgación del decreto 0138 es cerrar los ojos a una realidad que demanda discusión, aportes, mayor deliberación asumiendo responsablemente roles de ciudadanía, gobernantes, legisladores y administradores de justicia.
El decreto en cierta manera es resultado de la resistencia de la oposición desde el poder legislativo a las políticas de cambio, y de las necesidades del gobierno central de responder legalmente a los delitos considerados tales por la comunidad internacional.
Ahora bien, es posible que para procesar a los acusados de terrorismo se los pudiera haber hecho desde cargos que la jurisprudencia boliviana ya los tenía legislado y tener resultados parecidos, sin embargo ante el contenido del decreto en su totalidad y por no ser Ley misma, se puede aun considerar la inaplicabilidad o la no necesidad jurídica de considerarlo como instrumento jurídico apropiado para fundamentar la demanda del Fiscal y la sentencias de cualquier jurado.
Estructura jurídica para imputar a terroristas, colaboradores y financiadores
¿Con que instrumento legal se piensa instalar el proceso judicial de terrorismo contra el grupo de Roszá y a empresarios, funcionarios prefecturales, cívicos y activistas de la autonomía departamental cruceña?
Para el caso, desde esferas gubernamentales se insinuó seguir un proceso judicial bajo la figura de Traición a la Patria. El constitucionalismo boliviano cuenta con esta figura en los artículos 28, 111, 124 y 359, de ellos, donde se puede interpretar y buscar concordancia con el tema de seguridad del Estado es el 124, y que puede de alguna manera llevar a tomar en cuenta el Consejo de Seguridad del Estado como instancia institucional para abordar, sin embargo se topará siempre con la falta de la reglamentación específica. Pero leer detenidamente el artículo 111 se puede percibir los vacios que tendría cualquier juicio al grupo de Roszá si se sigue intentando enjuiciarlos por terrorismo y sobre todo sin leyes interpretativas del artículo 111. Al respecto del artículo 124 que cuenta con tres incisos, el primero de los cuales se aplica en caso de guerra internacional, y no cabe porque Bolivia no está en ningún conflicto bélico con otro Estado, el segundo inciso se trata para daños ecológicos y el tercero se dice que comete delito de traición a la patria la boliviana o boliviano “Que atente contra la unidad el país” (Artículo 124. Inc. III)
En cuanto a seguridad del Estado el 22 de diciembre de 1967 (Época del la Guerrilla del ELN y el Che Guevara) el Congreso Nacional durante el ejercicio presidencial de René Barriento Ortuño elevó a Ley el D.L. Nº 07312 de 9 de noviembre de 1965 relativa a la Seguridad del Estado con la modificación en los siguientes términos:
(Guerrillas). Los que organicen o formen ilegalmente grupos sediciosos armados irregulares, con el objeto de establecer áreas geográficas no sujetas a las leyes ni a las autoridades nacionales, buscando el enfrentamiento con miembros o unidades de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional, con el fin de apoderarse del Gobierno o de alterar su estructura democrática; y quienes organicen o formen parte de grupos armados sediciosos urbanos con el fin de ocasionar daños materiales en personas o bienes públicos o privados, sufrirán la pena de ocho a doce años de presidio.
Si con motivo de los delitos anteriormente tipificados los autores incurrieren en delitos de asesinato, homicidio, robo, incendio o saqueo, sufrirán la pena de diez a treinta años de presidio, según la gravedad del caso.
Esta Ley se acomoda perfectamente a los delitos que viene trabajando el Ministerio Público para el caso de los implicados en el caso Rosza. La figura de Decreto simplemente podía haberse sustentado en esta Ley y agregar a los cargos de terrorismo los cargos de “Guerrilleros” en el marco de la Ley del 22 de diciembre de 1967.
Acá ya se presenta un punto que puede incluirse al esquema jurídico estratégico para encausar el juicio al grupo de Rosza, lo que queda de ellos y a los que apoyaron, financiaron o participaron como enlaces.
Corresponde al Ministerio Público ante los nuevos hechos y certezas ajustar más su accionar a la norma en vigencia; y a la oposición les corresponde reflexionar sobre la magnitud del conflicto que han intentado crear o que finalmente lo han creado.
Reflexionar desde lo clandestino y compartimentado .
Al empezar este escrito se expuso la idea de efectos residuales que deja la preparación del terrorismo, de la violencia y de la guerra civil. El Ministerio Público y la comisión de investigación del congreso hicieron un seguimiento a la preparación militar de mercenarios, de jóvenes y hasta de lumpen por parte del grupo de Rosza. Mas antes desde el ejecutivo se denuncio la realización de ejercicios de preparación militar en campos de fútbol de Pando y en campos de tiro de Santa Cruz. Lo que hace un mes se negaba y hasta se llevaba a la mofa, hoy está plenamente demostrado; Rosza y su equipo de instructores entrenó en tácticas y acción militar a personas en las instalaciones de campos deportivos de tiro. Y entonces no fueron solo prácticas recreativas de jóvenes o adultos que no saben que hacer con su tiempo libre.
En uno de los mensajes por correo electrónico, Rosza informaba a algunos financiadores se que tenían aproximadamente mil combatiente para entrar en acción, estos mil combatientes se deduce que desayunaban, almorzaban y cenaban, con financiamiento gestionado desde “La Torre”. Cuando cae Rosza, se denuncia la existencia de “La Torre”, se descubre cabezas y se allana depósitos de armamento en la feria Exposición de Santa Cruz, colateralmente a estas acciones lo que se hace es quitar el desayuno, almuerzo y cena a un buen número de combatientes, sin duda que muchos de ellos quedaron con sus efectos personales (armas cortas) y en muchos casos con sus estructuras de acción operativa intactas y con alta capacidad operativa (subjetivamente potenciada) principalmente porque dejaron de construir imaginarios basado en el enfrentamiento con fuerzas regulares del Estado boliviano, para remplazarla al enfrentamiento con ciudadanos indefensos.
Hipotéticamente una pequeña parte de los mil combatientes, tal vez cincuenta o cien, excombatientes ahora son protagonistas del aumento de la inseguridad ciudadana; no es casual que la manera operativa de los atracos y asaltos hayan cambiado y su frecuencia también, y de ser así el pueblo debe pasarle factura a los grupos de poder en Santa Cruz y a la bancada cruceña guerrerista.

Santa Cruz, 22 de Julio de 2009