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sábado, 12 de noviembre de 2022

PARO CIVICO EN EL AFAN FEDERALISTA - PARTE V

 

PARTE V

Por Carlos Alejandro Lara Ugarte

En pocas horas más se realizará el cabildo cruceño para determinar el curso del conflicto por la fecha del Censo; en los hechos se tendría que suponer que en el Cabildo se pondrá en consideración el Decreto supremo 4824 que garantiza la realización del Censo de Población y Vivienda el sábado 23 de marzo de 2024, y en el mismo se establece que en base a resultados preliminares de población del Censo, se realizará la distribución de los recursos económicos de coparticipación en el mes de septiembre de 2024.

En continuidad al décimo cuarto eje de datos, el mismo que se tocó en la parte cuarta de esta serie de opiniones y análisis, y conocidas algunas posturas manifiestas y difundidas indiscriminadamente en las redes sociales y también con cierta prudencia en los medios de comunicación nacional, resumimos lo pertinente y necesario para abordar escuetamente algunas consideraciones y conclusiones. 

En internet, y los medios de comunicación, la mayor parte de la noticias refirieron a la Conferencia de Prensa emitida por el Presidente del Estado Plurinacional el día viernes11 de noviembre, en horas de la noche (23.30) y en consecuencia las opiniones diversas emitidas por instancias que protagonizan el Conflicto y encabezan la gestión, la protesta y la demanda.

Antes de la promulgación del Decreto Supremo, en horas de la tarde del viernes se registró hechos violentos donde la Juventud Cruceñista  al grito de “Independencia – Federalismo - Separatismos”  amenazó el orden estatal constituido, quemó sedes campesinas, saqueo la sede de los trabajadores y el mercado del Abasto y el Plan 3000, entre otros actos violentos y delincuenciales.

Posteriormente en su página web (Unión Juvenil Cruceñista) se publicó pronunciamientos justifican y ratifican lo anterior, sumando en el pronunciamiento escrito, estrategias y rutas críticas con contenido conspirativo y de amenazas a la institucionalidad estatal y privada. El objeto de este pronunciamiento es probablemente el de incidir en las decisiones del Cabildo de este domingo 12 de noviembre; por un lado llevando a la ciudadanía asistente y movilizada a la radicalización del Paro Cívico y por otro amenazando a las instituciones públicas y privadas para paralizar actividades y someterse a las decisiones del Cabildo y al mando paramilitar de la Unión Juvenil Cruceñista.

En todo caso la tendencia departamental y mayoritaria de opinión ciudadana por suspensión al paro está presente y es evidente, pero también de muchas maneras esta opinión está parcialmente embargada por el temor, el terror, el chantaje  y la amenaza unionista. En todo caso, por ahora, no es necesario (hasta después del Cabildo) dar más vueltas especulativas sobre lo que ocurrirá a partir de esta noche, sin embargo será esta noche, la noche en que deberán definirse  desde el Estado Plurinacional roles y estrategias en la administración de la conflictividad social, la seguridad ciudadana y los derechos fundamentales y constitucionales, individuales y colectivos  que deben ser garantizados por las instituciones públicas del Estado Plurinacional.

Consideración adicional al punto:

A raíz de lo acontecido en la conflictividad social desde el 2010 se debe atender seriamente y con carácter de seguridad del Estado (Velando por las poblaciones más vulnerables),  las demandas regionales y la problemática pendiente en el marco del pacto social constituyente sustentado por lo unitario, social de derecho y con autonomías departamentales, municipales, regionales, indígenas y descentralización administrativa, y pluralismo democrático, jurídico, económico y cultural.

Llama la atención la determinación del Gobernador Camacho para  movilizar  equipos ligados a la acción de emergencia desde el Comité de Operaciones de Emergencia Departamental COED. Esto nunca se lo hizo en los Cabildos. Se podría pensar que existe el propósito de incidir en determinaciones radicales y llamamientos que supongan acciones que violenten la seguridad pública y el orden constitucional. La población no tendría que prestarse, si cabe el término, en razón a los daños, que ocurrirán innecesariamente desde más actos de violencia, delincuencia organizada y vulneración de derechos. 

Conclusión:

La respuesta gubernamental a la demanda del bloque cívico gobernación y rectorado de la UAGRM, desde el Decreto Supremo 4824 emana de la Constitución Política del Estado y sentencias constitucionales referidas al tema.

Aún queda pendiente otros puntos como demandas colaterales, pero que al tener alcance nacional, necesariamente deberán ser tratados en el marco de la Gestión Pacífica de la Conflictividad, fundamentalmente aplicando mecanismos de prevención  que contengan mayor información y socialización oportuna y activa,  tendientes a mantener la concertación nacional. 

La Paz, 12 de noviembre de 2022

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